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Escena Surfera explica alcances de la nueva Ley de Rompientes publicada en el Diario Oficial

A través de un video difundido en su cuenta de Instagram, la plataforma Escena Surfera explicó los principales alcances de la recientemente publicada Ley de Rompientes, normativa que ya se encuentra vigente y que marca un hito en la protección del borde costero y de las olas aptas para la práctica deportiva en Chile.

El pasado viernes 19 de diciembre de 2025 fue publicada en el Diario Oficial (N.º 44.328) la Ley N.º 21.782, conocida como Ley de Rompientes, iniciativa que busca identificar, proteger y preservar las rompientes aptas para la práctica de disciplinas como el surf, bodyboard y otras modalidades de deslizamiento sobre olas.

Según explicó Escena Surfera en su registro audiovisual, la entrada en vigencia de esta ley constituye “un antes y un después en la defensa de nuestro borde costero”, al reconocer por primera vez, desde el punto de vista legal, a la ola no solo como un cuerpo de agua, sino como un escenario deportivo que merece ser protegido.

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Entre los principales puntos de la normativa, se establece una definición clara de lo que se entiende por rompiente y por rompiente apta para la práctica deportiva. Asimismo, la ley ratifica que estas rompientes son bienes nacionales de uso público, reforzando su carácter de acceso común y su protección frente a eventuales intervenciones.

Uno de los aspectos más relevantes de la nueva legislación es que toda obra de infraestructura, ya sea pública o privada, que pueda afectar una ola o rompiente, deberá considerar informes del Ministerio del Deporte para evaluar su impacto y resguardar su conservación. Esta exigencia introduce un nuevo estándar en la evaluación de proyectos que se desarrollen en zonas costeras con valor deportivo y ambiental.

Escena Surfera advirtió que, si bien la ley ya es plenamente vigente, ahora se inicia una etapa administrativa clave: la elaboración del reglamento. Este instrumento será fundamental para definir los procedimientos técnicos, los criterios específicos de protección y la forma en que las organizaciones locales, municipios y comunidades podrán postular sus rompientes para que queden oficialmente protegidas bajo este marco legal.

La normativa también abre la puerta a la realización de estudios y programas de identificación de rompientes, los que deberán ser coordinados entre el Ministerio del Deporte y el Instituto Nacional de Deportes (IND), Directemar, los gobiernos regionales, las municipalidades y las organizaciones deportivas.

Finalmente, desde Escena Surfera hicieron un llamado a las comunidades y autoridades locales a comenzar el levantamiento de catastros de rompientes en sus territorios, destacando que “la herramienta legal para proteger nuestras costas ya existe” y que el desafío ahora es utilizarla de manera efectiva para resguardar el patrimonio natural y deportivo del país.

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