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Exalcaldesa Margarita Osorio evita juicio y condena tras acordar suspensión condicional en causa por comités de vivienda


El Juzgado de Garantía de La Ligua aprobó la salida alternativa por un plazo de dos años. La exautoridad de Nogales deberá pagar $8 millones como indemnización a las víctimas de Cabildo y Nogales, además de cumplir con firmas mensuales en la Fiscalía de La Calera.

En una audiencia desarrollada en el Juzgado de Garantía de La Ligua el pasado martes 21 de julio, el tribunal aprobó la suspensión condicional del procedimiento para la exalcaldesa de Nogales, Margarita Osorio, en el marco de la investigación penal que enfrentaba por el delito de estafas reiteradas a comités de vivienda de las comunas de Cabildo y Nogales.

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Con esta resolución acordada entre la defensa de la exjefa comunal y el Ministerio Público, Osorio no irá a juicio oral ni recibirá condena penal alguna, siempre que dé cumplimiento a las condiciones fijadas por la justicia durante un período de dos años.

Indemnización a víctimas y firma mensual

Dentro de los requisitos establecidos para concretar la suspensión condicional, la exalcaldesa deberá pagar un total de $8 millones como compensación económica, monto que será distribuido entre las familias afectadas por las irregularidades registradas entre los años 2015 y 2019. La cifra acordada difiere considerablemente del monto persecutorio inicial contemplado en las querellas, el cual superaba los $150 millones.

A la obligación del pago reparatorio se suma la medida cautelar de firma mensual, la que Margarita Osorio deberá cumplir de forma presencial en las dependencias de la Fiscalía Local de La Calera durante los 24 meses que dura la suspensión del proceso.

Definiciones para las otras personas imputadas

En la misma jornada judicial, el ente persecutor definió la situación procesal de las demás autoridades y profesionales involucrados en la causa. Respecto a la exconcejala de Cabildo, Juana Zamora, la Fiscalía comunicó la decisión de no perseverar en el procedimiento, al no contar con antecedentes suficientes para fundar una acusación penal en su contra.

Por su parte, en el caso del arquitecto Mauricio Torres Benzi, las partes acordaron un procedimiento abreviado tras recalificar la figura penal al delito de apropiación indebida reiterada. Para Torres, el Ministerio Público solicitó una pena de 2 años de presidio y el pago de una multa equivalente a 6 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), solicitud que se mantiene a la espera de ratificación por parte del tribunal.

Según la información obtenida a través de la Consulta Unificada de Causas del Poder Judicial, el proceso penal general se mantiene en curso, por lo que aún no existe sentencia definitiva sobre la culpabilidad del resto de los querellados.

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