Corte de Valparaíso ordena a Chilquinta reponer de inmediato el suministro eléctrico en La Calera

La Tercera Sala del tribunal de alzada acogió una orden de no innovar en el marco de un recurso de protección dictado tras las interrupciones del servicio iniciadas la semana pasada. La medida cautelar exige la restitución inmediata de la energía o el despliegue de equipos de respaldo en las zonas afectadas.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso dictó una orden de no innovar que obliga a la empresa Chilquinta Energía S.A. a reponer de manera inmediata el suministro eléctrico en los sectores de la comuna de La Calera que se mantienen sin servicio desde el pasado jueves 16 de julio, a raíz del paso del sistema frontal.
La resolución fue adoptada de forma unánime por los integrantes de la Tercera Sala del tribunal de alzada, compuesta por el ministro Vicente Hormazábal Abarzúa, la ministra suplente Ingrid Alvial Figueroa y el abogado integrante Enrique Letelier Loyola, en el marco de la tramitación de la causa rol Protección 5.646-2026.
El dictamen judicial establece que, en caso de existir impedimentos técnicos para la pronta restitución de la red, la compañía distribuidora deberá implementar medidas alternativas de mitigación para asegurar el abastecimiento de los hogares afectados.
“Atendido el mérito de los antecedentes, ha lugar a la orden de no innovar solicitada. En consecuencia, mientras dure la tramitación del recurso, la recurrida deberá reponer de inmediato el suministro cuya suspensión se denuncia. En caso de no ser ello materialmente posible, deberá incorporar y mantener operativos generadores eléctricos en los lugares señalados por la parte recurrente en su libelo, mientras subsistan las circunstancias que motivan la presente medida”, consigna la resolución del tribunal.



