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Fiscalizan horas de conducción y descanso de choferes de buses durante fin de semana largo 

Objetivo de los controles inspectivos a nivel nacional es asegurar que los conductores manejen sin síntomas de fatiga que puedan causar accidentes carreteros.

El director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, acudió este sábado al Terminal de Buses Sur, en la Región Metropolitana, para supervisar el programa inspectivo nacional aplicado por su organismo al transporte interurbano de pasajeros durante este fin de semana largo.

El objetivo del plan fiscalizador desarrollado entre ayer viernes y hoy sábado es verificar el cumplimiento de las normas legales de conducción y descanso para que las tripulaciones cumplan con transportar pasajeros en condiciones seguras y sin el riesgo de causar accidentes carreteros por culpa de la fatiga.

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Fiscalizadores de la DT se constituyeron en el rodoviario capitalino y controlaron a buses que iniciaban sus trayectos hacia el norte y sur del país o los estaban finalizando. Ello, para garantizar que sus tripulaciones -choferes y auxiliares- cumplían con sus descansos y horas máximas de conducción.

De comprobarse que estos trabajadores no tienen cumplidos cabalmente sus descansos previos, o llegan a los terminales habiendo conducido los buses durante más horas de las permitidas, son suspendidos de inmediato y las máquinas no pueden comenzar o reanudar los trayectos a menos que las empresas infractoras repongan trabajadores con sus turnos en regla.

Pablo Zenteno explicó que “este es un programa a nivel nacional para fiscalizar el cumplimiento de las condiciones laborales y, particularmente, el respeto a la jornada de descanso, porque nos interesa que en esta fecha, en que hay masivos traslados, se garanticen las condiciones laborales de los conductores, porque en la medida que cuenten con el descanso adecuado, eso redunda en mayor seguridad para los pasajeros que se trasladan por las regiones de nuestro país”.

Entre ayer viernes y la mañana del sábado, la DT ha realizado 83 fiscalizaciones a nivel nacional y ha aplicado 41 multas, suspendiéndose a cuatro miembros de tripulaciones al comprobarse que no habían cumplido con sus descansos previos.

Para verificar el cumplimiento de los descansos y horas máximas de conducción, los inspectores del trabajo suben a las cabinas de los buses e imprimen desde el registro automatizado de asistencia los comprobantes con el historial previo de trabajo y descanso de cada conductor y auxiliar del vehículo fiscalizado.

Materias fiscalizadas

Específicamente, el objetivo de esta fiscalización es verificar el respeto de las siguientes normas:

  • Manejar más de cinco horas continuas
  • Otorgar descanso mínimo de dos horas (tras 5 horas de conducción continua).
  • Llevar registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo
  • Llevar correctamente registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo
  • Cumplir con resolución fundada que autoriza sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descanso.

¿A qué multas se exponen las empresas en incumplimiento?

La detección de las infracciones por jornada y descansos determina suspender del turno a los tripulantes y su obligatorio reemplazo por otros que sí hayan cumplido con sus descansos previos. Si no, el bus fiscalizado no puede iniciar o continuar su recorrido.

Independiente de la suspensión de las tripulaciones, la DT puede aplicar multas por las infracciones a las normas citadas más arriba.

Así, dependiendo del número de trabajadores de la empresa, la escala de multas factibles de aplicar es:

Microempresa (1 a 9 trabajadores): 3 UTM ($180.930) a 5 UTM ($301.550)

Pequeña empresa (10 a 49 trabajadores): 6 UTM ($361.860) a 10 UTM ($603.100)

Mediana empresa (50 a 199 trabajadores): 24 UTM ($1.447.440) a 40 UTM( $2.412.400)

Gran empresa (200 y más trabajadores): 36 UTM ($2.171.160) a 60 UTM ($3.618.600)

Nota: valor de la UTM en octubre de 2022 es de $60.310.

¿Cómo puedo efectuar una denuncia ante la DT?

Las denuncias laborales pueden ser efectuadas de forma presencial en las Inspecciones del Trabajo, o bien, de manera digital en www.direcciondeltrabajo.cl. Es importante recordar que dicha denuncia puede ser presentada por cualquier persona, no necesariamente por el trabajador o la trabajadora afectada.

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