No tomes y conduzcas: las graves sanciones que podrías enfrentar
En situaciones donde la alcoholemia supera los 0.8 g/l, el conductor se considera en estado de ebriedad, lo que implica sanciones más severas.
En este contexto, el autocuidado es fundamental. Es crucial estar atentos a las condiciones del tránsito y, lo más importante, evitar conductas irresponsables como conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.
“El manejo bajo los efectos del alcohol está prohibido por la Ley de Tránsito, y las sanciones dependen del nivel de intoxicación y las consecuencias del acto”, explica Gonzalo Hoyl, abogado penalista y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes.
Hoyl también aclara que, “con una alcoholemia entre 0.31 g/l y 0.79 g/l, se considera que el conductor está bajo la influencia del alcohol. Las sanciones pueden incluir multas, suspensión de la licencia, y en casos de reincidencia, su cancelación. Estas penalidades se agravan si se causan daños o lesiones a terceros o a los pasajeros del vehículo”.
En situaciones donde la alcoholemia supera los 0.8 g/l, el conductor se considera en estado de ebriedad, lo que implica sanciones más severas. “En estos casos, las penas pueden incluir cárcel, especialmente si hay lesiones graves, llegando incluso hasta los 10 años de prisión”, agrega el académico.
En cuanto al manejo bajo los efectos de drogas, Hoyl señala que las sanciones son equivalentes a las del manejo en estado de ebriedad: cárcel, multas, y la posible suspensión o cancelación de la licencia.
Durante estas Fiestas Patrias, recuerda respetar las leyes de tránsito y evitar conducir si has consumido alcohol o drogas. No solo pones en riesgo tu vida, sino también la de los demás. Celebra con responsabilidad para evitar tragedias.