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Dejan en prisión preventiva a imputado por homicidio frustrado contra conductor de transporte público

La jueza de Villa Alemana fijó el plazo de investigación para esta causa en 100 días.


El Juzgado de Garantía de Villa Alemana decretó hoy –sábado 5 de julio– prisión preventiva a Nicolás Joao Benjamín Montoya Daza y dejó a Diego Sebastián Ferroni Villarreal sujeto a las medidas cautelares de prohibición de acercarse a la víctima y arraigo nacional. Ambos imputados en calidad de coautores del delito frustrado de homicidio, cometido en perjuicio de un conductor de la locomoción colectiva. Ilícito perpetrado este 2 de julio, a la altura del paradero 11 de avenida Valparaíso de esta comuna.

En la audiencia de formalización, la magistrada Daniela Rodríguez consideró en primer lugar que si bien pudo haberse producido una interacción de carácter vial como un “collereo”, consistente en adelantarse bruscamente el paso entre vehículos, la jueza estimó “que en caso alguno un tipo de esas interacciones puede venir a justificar una agresión de la altura y de la gravedad que se han detallado en este caso”.

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“Uno puede entender, por ejemplo, que se produzca una riña a condición de esta conducta, pero lo que tenemos acá es una agresión que tiene elementos de proporción: por un lado tenemos dos personas jóvenes y otra persona de más edad y efectivamente se ve la intervención de ciertos elementos contundentes”, agregó la titular del tribunal comunal.

Al resolver, la magistrada tomó en cuenta las lesiones producidas en la víctima. “El conductor de este microbús resulta con un gran trauma ocular, una fractura de la órbita (…), teniendo comprometida en este caso la visión del ojo derecho, con un resultado que no podemos en este momento avizorar cuál va a ser, pero en este caso ya son lesiones de carácter grave”, expuso.

Por otra parte, al resolver la participación de ambos imputados, la jueza estimó que estas se produjeron en diferente medida. “Respecto de la persona de Diego Ferroni, estimo que su participación resulta ser una participación mucho más incidental, más bien breve, que en definitiva a juicio de esta magistrado, no podría imputar un delito de homicidio doloso a su persona, (…) no hay elementos para estimar algún tipo de concierto previo o algún tipo de conocimiento respecto de la voluntad de la otra persona”, consignó.

“Por lo tanto, entiendo que si bien en algún momento pudo haber participado de la riña, lo cierto es que su interacción resulta ser breve y que me parece que los elementos fundantes de la participación con respecto a su persona no resultan tener la contundencia suficiente para presumir fundadamente su participación en el delito que se imputa”, agregó, considerando además que este imputado cuenta con irreprochable conducta anterior y que pueden aplicarse medidas cautelares de menor intensidad.

En tanto, en el caso del imputado Montoya, la jueza determinó que “es posible considerar, respecto a esta agresión, que esta persona podría tener conocimientos específicos que le permitieron golpear y causar este tipo de lesiones, lo más probable es que se haya utilizado un elemento contundente (…), porque en una pelea es posible causar una fractura nasal, pero en este caso encontramos que se causa en el rostro un sinnúmero de fracturas y si bien la víctima pudo buscar ayuda (…), hay que tener en cuenta la gran cantidad de sangre perdida por la víctima, la descripción del trauma, la falta de proporcionalidad y de control por parte del imputado”.

“En ese sentido, si bien considero que no hay una conducta de un dolo directo, sí estimo que puede haber elementos de dolo eventual, porque efectivamente se trata de una zona sensible del cuerpo, el número y la gravedad de las lesiones pueden hacer pensar a una persona común y corriente que es riesgoso golpear a una persona en reiteradas ocasiones en esa zona del cuerpo”, añadió.

Finalmente, la magistrada ordenó el ingreso de Montoya Daza al Complejo Penitenciario Valparaíso y fijó el plazo de investigación para esta causa en 100 días.

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